Iturria: SEO/Birdlife
02/04/2012
No se puede modificar el catálogo de especies invasoras por motivos deportivos o económicos
(30/03/2012)
• Ecologistas en Acción, SEO/BirdLife y WWF
España no comparten la decisión tomada por el Tribunal Supremo de
suspender cautelarmente la aplicación del Real Decreto de especies
exóticas e invasoras en lo que se refiere la pesca del black bass o
perca americana.
Además lamentan que esta acción, solicitada por una asociación de
pescadores, se haya apoyado en la reciente decisión del Ministerio de
Medio Ambiente de modificar dicho Real decreto en cuanto a la regulación
de especies exóticas invasoras –y muy particularmente en cuanto se
refiera a las especies de agua dulce-, y destinada a hacer frente a uno
de los mayores amenazas para la conservación de nuestra Biodiversidad.
Las organizaciones recurrirán esta decisión y solicitan una respuesta
rápida del Ministerio que refuerce este Real Decreto por medio de
criterios científicos.
Ecologistas en Acción, SEO/BirdLife y WWF consideran que las dudas del
Ministerio sobre la validez del Catálogo de Especies Exóticas Invasoras
han alentado un conflicto en el que se están olvidando completamente los
criterios técnicos y biológicos y los compromisos internacionales
adquiridos por España, frente a intereses económicos o a aspectos de
gestión y manejo.
Especies como el black-bass, la trucha arco iris, el lucio son especies
exóticas que se han introducido y establecido en nuestros ríos,
compitiendo y desplazando a las especies nativas. De hecho, estos tres
peces están incluidos en los catálogos de especies invasoras de todas
las instituciones internacionales como la Unión Internacional de
Conservación de la Naturaleza (UICN) o el Convenio de Diversidad
Biológica (CBD) e incluso figuran como tal en los textos técnicos sobre
el tema, publicados por el Ministerio.
Por lo tanto estas especies piscícolas deben ser catalogadas como
especies exóticas invasoras, independientemente de las estrategias de
gestión que se puedan articular y en las que se pueda tener en cuenta
muchos otros parámetros. Argumentos tales como "fueron liberadas por la
administración" o "se han adaptado al medio" o "son de interés para
actividades deportivas" no son válidos y no pueden servir como excusa
para sacarlos de esta clasificación.
Por ello, Ecologistas en Acción, SEO/BirdLife y WWF exigen al Ministerio
que la reforma del catálogo se lleve a cabo urgentemente y atendiendo
únicamente a razones técnicas o científicas, como establece la Ley
42/2007, que permitan clarificar y mejorar la norma. La naturaleza del
catálogo ha de ser el de avanzar en la lucha contra la expansión de unas
especies que constituyen un problema de índole económica, ambiental y
sanitaria, además de la segunda mayor amenaza para la biodiversidad de
nuestro planeta.
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